

A un año y medio de la creación de la Sala Situacional de Salud por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, recordamos en este artículo los aspectos más relevantes de este ente regulatorio, a fin de facilitarle información oportuna a todos nuestros clientes y usuarios sobre las Pólizas de salud y HCM contratadas con nosotros.
Qué es la Sala Situacional de Salud?
La Sala Situacional Salud de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) es un ente que atiende las denuncias formuladas por los asegurados o beneficiarios de las Pólizas de Seguros y contratantes de los Planes de Salud de Medicina Pre-pagada, concernientes a la limitación o negación del derecho al acceso a los sistemas de salud, protegiendo sus derechos y garantías.
Este organismo fue creado el 08 de noviembre de 2010 se inició gracias al convenio interinstitucional establecido entre la Defensoría del Pueblo, el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) y la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).
Objetivo principal
Dar cumplimiento a las nuevas disposiciones de la Ley de la Actividad Aseguradora para la protección y respeto de los derechos a la salud y la vida de todas las personas, y mejorar la prestación del servicio asegurador en el área. Asimismo, es parte del objetivo velar porque los Centros Médicos Asistencias de Salud Privados cumplan con la obligación de atender a los usuarios que requieran la atención médico hospitalaria, prohibiendo por ley a las empresas de seguros, negarse a otorgar la cobertura inmediata en caso de emergencias, previstas en el contrato de seguros de HCM, o condicionar esa cobertura a la emisión de claves o autorizaciones de acceso.
La Sala Situacional de Salud procura el cumplimiento de las nuevas disposiciones de la Ley de la Actividad Aseguradora, , con especial atención a lo relacionado con el artículo 40, numerales 13,22 y 23, donde se le prohíbe a los sujetos que realizan actividad aseguradora:
